En otras ocasiones nos hemos referido a los accidentes ocasionados por vehículos. Pero esta vez hablaremos sobre otro tipo de accidentes, que por desgracia no son raros, y que muchas veces no sabemos cómo actuar. Nos referimos a las caídas ocasionadas por animales sueltos. Un ejemplo claro es que una persona tenga una mascota y la deje sola fuera de casa. O que salga de paseo con ella, pero sin utilizar correa.
En cualquiera de estos casos, el propietario de la mascota ya no tiene control sobre el animal y, si este sale disparado, podría fácilmente hacer daño a alguien. Si se trata de un niño, de una persona con alguna discapacidad o de un adulto mayor, las consecuencias pueden ser graves. Peor aún, si además de dañar a la persona, además pudiese atacarla. Al respecto, ¿existe legislación sobre estos hechos?
Responsabilidad civil de dueños de mascotas
En España existen más de 6 millones de perros, algunos de ellos son considerados como “potencialmente peligrosos” debido a su raza. El Artículo 1905 establece que “El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Solo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido”.
Por otra parte, el Artículo 430 señala que “Posesión natural es la tenencia de una cosa o el disfrute de un derecho por una persona. Posesión civil es esa misma tenencia o disfrute unidos a la intención de haber la cosa o derecho como suyos”. Mencionamos ambos artículos porque imputan a la responsabilidad del dueño de una mascota -o que se sirve de ella-. Por tanto, debe haber una resolución que se inclina a exigir su responsabilidad.
¿Puedo reclamar una indemnización por caída ocasionada por un animal suelto?
Claro que es posible, pero siempre y cuando se acredite que efectivamente ocurrió un daño producido por el animal. Asimismo, debe verificarse el daño sufrido, si hay un nexo entre el comportamiento de la mascota y el daño (si el animal fue provocado, por ejemplo). Y también acreditar la posesión o el servicio del animal por parte del propietario.
La Sentencia del Tribunal Superior de 20-12-2007 señala: “La jurisprudencia ha destacado el carácter objetivo de esta responsabilidad, basada en el riesgo consustancial a la tenencia o a la utilización en propio provecho de los animales, la cual exige tan sólo una causalidad material, estableciendo la presunción de culpabilidad del poseedor del animal o de quien se sirve del mismo por su mera tenencia o utilización, con la única exoneración de los casos de fuerza mayor o de culpa del perjudicado…”.
¿A quién puedo recurrir en caso de indemnización por caída ocasionada por un animal suelto?
Como hemos visto, este caso aparentemente sencillo, puede convertirse en un asunto más complejo. Si te ha ocurrido y te ha ocasionado daños, lo mejor es acudir con abogados especializados en reclamar indemnizaciones. En Reclamar Accidentes contamos con profesionales con experiencia en reclamar daños producidos por animales sueltos en Valencia y con los que podrás hablar para saber si puedes exigir o no una indemnización.
Es preferible hablar con un abogado especializado en reclamar caidas causadas por animales que discutir con el dueño del animal y que la cosa termine bastante mal. Por ello, acude a Reclamar Accidentes, para exigir con la ley en la mano, tu posible indemnización por caída ocasionada por un animal suelto. Llámanos al teléfono 695 197 766 o escribe al correo in